Después de la audiencia
Si el Juez desaloja al inquilino al dictar una Sentencia que dispone la posesión a favor del propietario, el inquilino tendrá que actuar rápidamente.
En la Sentencia, el tribunal le indicará al inquilino el día en que el propietario puede solicitar que se dicte una Orden de Restitución. Una Orden de Restitución es una orden judicial que le indica al sheriff o al agente de policía que lo saque a usted de su casa y cambie las cerraduras. Antes de que eso ocurra, es importante seguir algunos pasos para que se proteja a usted mismo y a sus pertenencias.
Paso 1: Encuentre un lugar seguro para quedarse por el momento
Consulte con familia/amigos
¿Tiene amigos, familiares u otras personas que lo apoyen y que puedan alojarlo durante unos días o semanas? Si es así, llámelos ahora. Si no es así, consulte en los refugios de emergencia.
¿Tiene amigos, familiares u otras personas que lo apoyen y que puedan alojarlo durante unos días o semanas? Si es así, llámelos ahora. Si no es así, consulte en los refugios de emergencia.
Comuníquese con los refugios de emergencia
Determine qué refugios están a su disposición. Algunos refugios atienden diferentes tipos de necesidades: familias, mujeres, adultos jóvenes/niños y hombres. Visite la sección Encontrar ayuda del sitio web para encontrar recursos relacionados con refugios en su comunidad.
Determine qué refugios están a su disposición. Algunos refugios atienden diferentes tipos de necesidades: familias, mujeres, adultos jóvenes/niños y hombres. Visite la sección Encontrar ayuda del sitio web para encontrar recursos relacionados con refugios en su comunidad.
Ocúpese de sus mascotas
¿Tiene amigos, familiares u otras personas que lo apoyen y que puedan alojarlo durante unos días o semanas? Si es así, llámelos ahora para hacer arreglos. Si no es así, llame al 211.
¿Tiene amigos, familiares u otras personas que lo apoyen y que puedan alojarlo durante unos días o semanas? Si es así, llámelos ahora para hacer arreglos. Si no es así, llame al 211.
Paso 2: Saque sus posesiones
Saque sus pertenencias del hogar.
Tan pronto como termine la audiencia de desalojo, busque una vivienda segura y comience a trasladar sus pertenencias a un lugar donde pueda guardarlas temporalmente.
Tan pronto como termine la audiencia de desalojo, busque una vivienda segura y comience a trasladar sus pertenencias a un lugar donde pueda guardarlas temporalmente.
Si todavía vive en la propiedad cuando el sheriff o el agente de policía vaya a ejecutar la Orden de Restitución, se le dará un par de minutos para recoger algunas pertenencias personales antes de que se le ordene salir.
Si deja objetos perecederos (como comida o plantas), el propietario puede tirarlos.
A.R.S. § 33-1370(E)
A.R.S. § 33-1370(E)
Si deja mascotas u otros animales, el propietario puede llevarlos a un refugio o guardería.
A.R.S. § 33-1370(E)
A.R.S. § 33-1370(E)
Usted debe informarle al propietario por escrito que tiene la intención de ir a recoger sus cosas a la propiedad. Después del aviso al propietario, usted cuenta con 5 días para recuperar sus cosas.
A.R.S. § 33-1370(H)
A.R.S. § 33-1370(H)
Si usted no puede sacar sus pertenencias personales de la vivienda antes de que vaya el sheriff o el agente de policía, el propietario debe cuidar sus pertenencias durante 14 días. Los 14 días incluyen sábados, domingos y feriados.
A.R.S. § 33-1368(E) | A.R.S. § 33-1370(E),(F)
A.R.S. § 33-1368(E) | A.R.S. § 33-1370(E),(F)
Si no puede llegar a un acuerdo con el propietario para recuperar sus pertenencias en un plazo de 14 días, el propietario puede donar sus pertenencias a una organización benéfica o venderlas y utilizar los ingresos para cubrir los gastos de mudanza y depósito del propietario.
A.R.S. § 33-1370(F)
A.R.S. § 33-1370(F)
Si el propietario se muda y almacena sus pertenencias, este puede exigirle que pague los gastos del propietario antes de que usted pueda recoger sus pertenencias.
A.R.S. § 33-1370(F)
A.R.S. § 33-1370(F)
No importa lo que suceda, usted tiene derecho a recoger su ropa, los artículos que necesita para trabajar (equipos, herramientas, libros, etc.) y los documentos de identificación o financieros, incluidos todos los documentos relacionados con su situación de inmigración, de empleo, de asistencia pública o de atención médica.
A.R.S. § 33-1370(F)
A.R.S. § 33-1370(F)
Paso 3: Cancele los servicios públicos, reenvíe su correo y devuelva las llaves
No se quede atascado pagando las facturas de un lugar donde ya no vive.
Utilice esta Lista de control para obtener ayuda.
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Paso 4: Compruebe su depósito de garantía
El propietario debe devolverle el depósito de garantía en un plazo de 14 días después de que se haya mudado. Si alquiló un apartamento, un condominio, una casa adosada o una casa unifamiliar, debe pedirle al propietario (por escrito, si es posible) que le devuelva el depósito de garantía. El propietario entonces cuenta con 14 días para devolverle el depósito.
Este tiempo solo comienza a contar cuando todas sus pertenencias estén fuera del hogar y usted haya devuelto las llaves. Los 14 días cuentan como 14 días hábiles: los fines de semana y los feriados no cuentan.
Si el propietario no le devuelve el depósito, debe explicarle el motivo. El propietario debe proporcionarle una lista detallada de todas las formas en que se le permitió legalmente gastar su depósito de garantía. Esto se denomina deducciones detalladas.
El propietario puede descontar el alquiler adeudado de su depósito de garantía. La mayoría de los inquilinos desalojados por falta de pago NO recuperan su depósito.
El propietario también puede deducir los daños más allá del “desgaste por uso normal” o condiciones de suciedad.
Si el propietario deduce dinero de su depósito de garantía, debe entregarle personalmente una carta y el dinero extra o enviarlos por correo de primera clase al último lugar de residencia conocido. Esta carta puede ser entregada a la unidad de la cual fue desalojado.
Usted tiene derecho a comunicarse con el propietario o con su abogado para solicitar una copia de esta carta.
Presentar una demanda civil contra el propietario
Solo cuenta con 60 días para impugnar las deducciones o el monto adeudado y pagadero. Este plazo empieza a contar a partir de la fecha de recepción de la carta detallada del propietario o de la fecha que se supone que la debería haber recibido.
Si el propietario retiene su dinero de manera ilegal, usted tiene derecho a que le dupliquen el monto de dinero que le retuvieron.
A.R.S. § 33-1321 | A.R.S. § 33-1431(D)
A.R.S. § 33-1321 | A.R.S. § 33-1431(D)
Usted tiene derecho a demandar al propietario si no le devuelve el depósito de garantía o le proporciona una lista de las deducciones detalladas en un plazo de 14 días. Siempre que envíe la impugnación a tiempo, el plazo de prescripción es de un año.
Dependiendo del monto que intenta recibir por parte del propietario, decide qué tipo de demanda civil presentará.
De $1 a $3,500 - Demandas de menor cuantía
De $1 a $9,999 - Acción civil en el tribunal de justicia
Más de $10,000 - Acción civil en un tribunal superior
Puede obtener más información sobre la diferencia entre las acciones y el proceso de demanda civil en AZCourtHelp.
De $1 a $3,500 - Demandas de menor cuantía
De $1 a $9,999 - Acción civil en el tribunal de justicia
Más de $10,000 - Acción civil en un tribunal superior
Puede obtener más información sobre la diferencia entre las acciones y el proceso de demanda civil en AZCourtHelp.